La Suprema Corte de Justicia declara inconstitucional el tipo penal de “halconeo” en Sinaloa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválida una reforma penal del estado de Sinaloa al considerar que el delito de “halconeo” estaba redactado de manera imprecisa y vulneraba derechos como el acceso a la información, la libertad de expresión y el principio de legalidad.

El fallo, aprobado por mayoría de seis votos, derivó de la Acción de Inconstitucionalidad 61/2025 presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. La norma anulada imponía penas de cuatro a 15 años de prisión a quien obtuviera información sobre acciones o ubicación de instituciones de seguridad pública, sin especificar el uso ilícito de dicha información.

El máximo tribunal sostuvo que incluir la conducta de “obtener información” criminalizaba actividades legítimas como el trabajo periodístico y la búsqueda de información de interés público, además de incumplir el principio de taxatividad al no definir con claridad los elementos del delito.

Con la resolución, quedó sin efecto el artículo 293 Bis, fracción III, del Código Penal de Sinaloa con retroactividad al 23 de abril de 2025, en beneficio de cualquier persona a la que se le hubiera aplicado ese precepto.